¿Es posible cobrar una nómina sin retención de IRPF en un contrato indefinido?
El Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas provoca algún que otro quebradero de cabeza a los trabajadores. Por ejemplo, hay quienes nos preguntan si es posible recibir un salario sin retención en el IRPF cuando tienen un contrato indefinido. En este post, te respondemos a la cuestión.
¿Existen mínimos sin retención en el IRPF?
Todas las empresas deben retener el IRPF correspondiente en las nóminas de sus trabajadores. Aunque existen casos excepcionales en los que no es obligatorio retener este impuesto.
Por ejemplo, las personas solteras y sin hijos que cobren menos de 15 000 euros anuales, estarán exentos de retención del IRPF. También puede aplicarse a casos de trabajadores que tengan uno o dos hijos y no superen los umbrales de renta establecidos (por lo general, menos de 20 000 euros anuales).
En resumen, la retención del IRPF varía según las circunstancias personales y laborales de cada persona. La retención mínima es del 2 % y solo se aplica a:
- Contratos temporales con una duración inferior a un año.
- Contratos de prácticas.
- Convenios con becarios y actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
Asimismo, no es posible que un trabajador solicite bajar el IRPF de la nómina, aunque sí podría disminuir en caso de que la Agencia Tributaria aplicara cambios en la legislación.
Entonces, ¿qué retención se aplica a los contratos indefinidos y fijos discontinuos?
Hacienda determina ciertos tramos según los ingresos del empleado. Son progresivos, es decir, cuanto más cobra el trabajador mayor cantidad de IRPF se retiene. Aquí te dejamos un resumen para que lo tengas claro:
- Hasta 12 450 euros: se retiene un 19 %.
- De 12 450 euros a 19 999 euros: se retiene un 24 %.
- De 20 200 euros a 35 199 euros: se retiene un 30 %.
- De 35 200 euros a 59 999 euros: se retiene un 37 %.
- De 60 000 euros a 299 999 euros: se retiene un 45 %.
- Más de 300 000 euros: se retiene un 47 %.
Ahora ya sabes que solo es posible cobrar una nómina sin retención del IRPF en un contrato indefinido si cumples determinadas circunstancias personales.
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