Las empresas evolucionan de forma constante. Una de las modificaciones que pueden plantearse es el cambio de denominación social, ya sea por motivos estratégicos, una nueva imagen o la adquisición de otra empresa.
Se trata de un documento notarial mediante el cual una sociedad modifica su nombre legal. Por tanto, la denominación social es la nomenclatura individual y personalizada que te diferencia del resto de empresas. Es también el nombre por el que te identificas y te presentas ante la administración pública y los proveedores.
Aunque en principio parezca que una modificación del nombre legal de tu empresa puede ser un aspecto de menor importancia, no debe tomarse a la ligera. Hay que estudiar muy bien los motivos por los que quieres hacerlo y tener una causa justificada.
Te alegrará saber que puedes realizar este trámite de manera telemática, sin moverte de tu oficina. Antes de nada, comprueba que posees el certificado de empresa, ya que resulta imprescindible para esto.
Para llevar a cabo este trámite necesitas seguir los siguientes puntos:
1. Comprueba que el nuevo nombre está disponible. Debes hacerlo en el Registro Mercantil Central. En caso de que así sea, tendrás que pedir un certificado de exclusividad para reservar el nombre mientras finalizas todo el proceso. Te recomendamos que hagas una breve lista de nombres alternativas por si el principal no está disponible. No obstante, también puede elegir una de las 1 500 denominaciones sociales disponibles en el Registro Mercantil Central (Bolsa de Denominaciones Sociales).
2. Modifica los estatutos sociales. Esto implica convocar una junta general con socios y accionistas con el fin de aprobar este cambio de denominación social. Asegúrate de que los cambios reflejan las intenciones y directrices legales actuales del negocio.
3. Acudir a un notario. Una vez celebrada la junta y aceptada esta acción, tendrás que ir a un notario para otorgar una escritura pública y presentar la certificación de los acuerdos de la junta celebrada. Recuerda que también debes llevar el certificado de exclusividad que solicitaste en el Registro Mercantil.
4. Presenta los estatutos y el certificado de exclusividad en el Registro Mercantil Provincial. Este verificará si todo está en orden para inscribir a tu organización con el nuevo nombre. y lo remitirá al Boletín Oficial del Registro Mercantil.
5. Cambia la denominación en todos los documentos (internos y externos), facturas y contratos de la empresa, cuando la inscripción ya se haya completado. También es necesario anunciarlo en la página web del negocio.
6. Notificación a las autoridades. Una vez finalizado el cambio, debes notificarlo a la Agencia Tributaria, a través del modelo 036. También tienes que dar aviso a la Seguridad Social: hay que entregar el modelo 036 y, en el caso de que la empresa cuente con personas contratadas en el Régimen General, hay que aportar el modelo modelo TA-7 (variación de datos del código de cuenta de cotización).
La certificación negativa del Registro Mercantil que confirma la disponibilidad de la nueva denominación social, tendrá una validez de seis meses para la inscripción y de tres meses para otorgar la escritura.
¿Qué ocurre si trascurren los seis meses sin el registro? La denominación causará baja y tendrás que solicitar una nueva certificación.
La antigua denominación social continúa apareciendo en el Registro Mercantil durante un año tras la inscripción del nuevo cambio. Transcurrido ese periodo de tiempo, tu anterior denominación caduca y queda disponible para otras empresas.
Los costes pueden variar según el caso. Aquí te dejamos una lista de los pagos que es posible que debas abonar:
Aunque te hemos explicado los pasos en detalle y te dejamos una guía oficial para que realices este trámite, es posible que no tengas tiempo o se te presenten dudas durante el proceso. ¿Has pensado en contar con una gestoría para pymes en Madrid? Contamos con expertos en materia legal, contable, laboral y fiscal. Reserva tu cita ahora.
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Además, si lo deseas puedes contratar los servicios adicionales, no incluidos en el honorario fijo mensual, para cuando los pueda necesitar tu negocio. Solo tienes que preguntar a tu gestor personal por estos servicios. Servicios adicionales no incluidos en el honorario fijo / mensual:
En nuestra web en la pestaña de Precios podrás encontrar nuestra calculadora de precios. Solo tienes que indicar si eres pyme o autónomo y qué servicio quieres contratar. En ambos casos puedes contratar los 2 servicios a la vez o solo contratar uno de ellos.
Gestión contable, impuestos y servicios mercantiles:
En el caso de servicio de gestión contable, impuestos y servicios mercantiles solo tienes que indicar el número aproximado de facturas que emites y recibes al mes (si en tu negocio utilizas una caja registradora, cada resumen de caja diario equivale a una factura).
Recuerda, si a lo largo del ejercicio tu actividad varía, nos adaptamos. Siempre pagarás por lo que necesitas.
Y si tu volumen de facturas supera 125 entre emitidas y recibidas, por favor ponte en Contacto con nosotros y te diseñamos un plan a tu medida.
Nóminas y gestión de personal:
En el caso de servicio de nóminas y gestión de personal solo tienes que indicar el número de empleados que tienes.
Formas de pago:
El pago del servicio se realiza mes a mes por domiciliación bancaria. Durante el proceso de contratación se te solicitará la cumplimentación del mandato SEPA para la domiciliación de los recibos.
Todos los meses pagarás la misma cuota, sin sorpresas, siempre y cuando se mantengan las mismas características expuestas a la hora de contratación de los servicios. Sin embargo si en un futuro, tu negocio evoluciona y tienes menos facturas o menos empleados, tu tarifa se verá reducida. De igual forma, si tienes más facturas o más empleados, pasarás al siguiente paquete. De todas maneras, cualquier modificación sobre tu tarifa se te notificará con 15 días de antelación.
Los clientes de MZG Asesores se pueden poner en contacto con su gestor personal a través de diferentes canales: teléfono, aplicación de mensajería e email.
Nuestro horario de atención al cliente en nuestra oficina de Madrid es de lunes a jueves de 8 a 17 horas y los viernes de 9 a 14 h; en Torrejón de Ardoz es de lunes a viernes de 7 a 15 horas.
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