He recibido un requerimiento de Hacienda, ¿qué debo hacer?
¿Te ha llegado un requerimiento de Hacienda? Seguro que estás en un mar de dudas con la información tan técnica de este tipo de cartas. Y es que los requerimientos de la Agencia Tributaria están redactados de una manera que a veces cuesta entender.
Lo que sí debes saber es que, si has recibido un requerimiento de Hacienda, debes resolverlo cuanto antes. Te resolvemos las dudas sobre el tiempo disponible para responder, cómo hacerlo y qué ocurre si no contestas.
¿Cuánto tiempo tienes para responder los requerimientos de Hacienda?
Se trata de una notificación que envía la Agencia Tributaria a algunos ciudadanos o empresas para solicitar más información cuando necesita comprobar o contrastar algunos datos.
Estos requerimientos de Hacienda se envían a través del panel personal de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o por correo físico certificado en dos intentos. En muchas ocasiones, nos vemos tentados de no recogerlos cuando el cartero deja el aviso; pero, ojo, que esto es más bien una desventaja que un beneficio.
Aquellas comunicaciones que se rechazan se publican en el Boletín Oficial de la Provincia y a partir de ese momento comienza a contabilizarse el plazo para contestarlo.
El tiempo para responder un requerimiento de Hacienda es de 10 días hábiles desde el día siguiente de la recepción. Si lo dejas pasar, el derecho para alegaciones caducará.
¿Qué pasa si no respondes al requerimiento de la Agencia Tributaria?
No contestar al requerimiento de Hacienda conlleva sanciones económicas y tiene efectos irrevocables. Estas varían en función del requerimiento que no respondas: desde los 150 a los 600 euros.
Incluso la sanción podría incluir el incremento de tener que pagar tributos extras o intereses de demora.
Además, como hemos comentado antes, es importante que aceptes el requerimiento, ya que si no te das por enterado irá directo al BOP y el plazo de los 10 días hábiles para responder comienza a contar.
¿Cómo contestar un requerimiento de Hacienda?
Existen distintas vías para contestar al requerimiento de la Agencia Tributaria:
- bien de manera telemática en la sede electrónica
- o acudiendo a la Administración
Esta segunda opción es ideal si no entiendes bien los pasos a seguir o no sabes cómo contestar. Aunque también puedes contar con MZG Asesores como expertos en asesoría fiscal para que te ayudemos a contestar un requerimiento de Hacienda.
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