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Subvención para empresas que contraten gente joven sin experiencia

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Seguro que en alguna ocasión has publicado para tu empresa una oferta de empleo en la que, como requisito, has establecido un período mínimo de experiencia de 2 o 3 años en un puesto similar. Pues bien, esto es una barrera para todos aquellos jóvenes que aún no han formado parte del mundo laboral.

Por eso, se ha aprobado la ORDEN de 30 de diciembre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa, durante el año 2021, de subvenciones del Programa de Incentivos a la Contratación y del Programa Mi Primer Empleo de jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Esto es un incentivo para que las empresas apuesten por la gente joven que, aunque sin experiencia, están impacientes por trabajar y desean formar parte de un mundo laboral donde poder desarrollar todo su potencial. También aquellos jóvenes desempleados de larga duración son objeto de contratación para las empresas beneficiarias de estas ayudas.

 

¿Qué acción es subvencionable y qué requisitos se deben cumplir?

  1. Incentivos para el acceso al primer empleo. Se subvencionan las contrataciones de personas jóvenes que no tienen experiencia laboral o son personas jóvenes desempleadas de larga duración. Mediante la formalización a tiempo completo de un contrato eventual (mínimo de 6 meses) por circunstancias de la producción, o un contrato por obra o servicio con una duración mínima prevista de 6 meses.
  2. Incentivos para la conversión en indefinido a tiempo completo del contrato de duración determinada. Se subvencionará una cuantía adicional cuando los contratos de duración determinada explicados en el apartado a), antes de finalizar el período exigible de 6 meses, se conviertan en indefinido a tiempo completo.

 

Entre otras obligaciones los beneficiarios deben:

  1. Mantener la contratación subvencionada y el alta en la Seguridad Social durante un período mínimo de 6 meses en el caso de contratos de duración determinada y de 12 meses adicionales en el caso de conversiones a indefinido.
  2. Mantener la jornada laboral de la persona contratada por la que se concedió la subvención.

 

¿Eres empresa y quieres apostar por la gente joven? ¿Te interesa conocer cómo puedes beneficiarte de estos incentivos para la contratación? Ponte en contacto con nosotros, nuestro equipo de asesores laborales estará encantado de ayudarte. 

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