Declaración de la Renta: deducciones fiscales más habituales
Nos encontramos a las puertas de la declaración de la Renta del ejercicio de 2020. A partir del próximo 7 de abril y hasta el 30 de junio de 2021 los contribuyentes deberán presentar la declaración. Llegados a este punto te surge la gran duda «¿qué deducciones fiscales puedo aplicar para disminuir el pago de los impuestos?».
Deducciones fiscales que te puedes aplicar en tu declaración
Podemos englobar en 3 categorías principales las deducciones fiscales más habituales en el IRPF: vivienda, familiares y donaciones.
VIVIENDAS
- Adquisición de vivienda habitual. Aunque esta deducción fue eliminada para las operaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2013, aquellos contribuyentes que compraron la vivienda con anterioridad sí podrán desgravarlo. La rebaja máxima de la cuota de IRPF será de 1 356 euros.
- Alquiler de vivienda habitual. Existen dos tipos de deducciones: autonómica y estatal. Las primeras dependen del lugar donde residas, independientemente de la fecha del contrato de alquiler. Cada comunidad autónoma tiene un porcentaje de deducción diferente y una cantidad máxima deducible.
A la deducción estatal solo podrán adherirse aquellas personas con un contrato de alquiler anterior al 1 de enero de 2015 y que permanezca vigente. La desgravación es del 10,5 % de las cantidades pagadas y siempre que la base imponible sea inferior a 24 107,20 euros anuales.
FAMILIARES
- Maternidad. Madres trabajadoras por cuenta propia o ajena con hijos menores de 3 años que sean nacidos en España. Deben estar dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad y podrán deducirse hasta 1 200 euros anuales por cada hijo.
- Por descendientes o ascendientes con discapacidad a cargo. Tendrán derecho a percibir una deducción de hasta 1 200 euros anuales, por cada descendiente con discapacidad. Será el mismo derecho de deducción para ascendientes con discapacidad a cargo.
- Familia numerosa. Deducción de 1 200 euros para familias numerosas y 2 400 euros para familias numerosas de categoría especial —más de 5 hijos—.
DONACIONES
- Donativos. En general las donaciones a organizaciones deducen el 75 % de los primeros 150 euros y el 30 % del resto.
- Aquellos contribuyentes con cuotas de afiliación a partidos políticos podrán deducirse un 20 % de las mismas.
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