Blog / Noticias

Tamaño de fuente: +

¿Se puede considerar el contagio por COVID-19 como enfermedad profesional?

contagio-covid-como-enfermedad-profesional

Desde el inicio de la pandemia del coronavirus, son muchas las personas que trabajan en centros sanitarios y sociosanitarios que han contraído el COVID-19. No obstante, todavía hay mucha confusión en torno a si se puede considerar como enfermedad profesional. Nuestros asesores laborales en Madrid nos hablan de ello. 

Nadie puede negar que los efectos del coronavirus han sido devastadores. El número de profesionales contagiados superan las 51 000 personas. Esto, sumado a que todo ha sucedido de forma inesperada y muy rápida, ha provocado el malestar de muchos trabajadores y colectivos sindicales que pedían una respuesta en materia laboral por parte del Gobierno. 

Este, por su parte, ha querido arrojar un poco de luz sobre el asunto y el pasado 26 de mayo, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto-ley en el que afirmaba que los contagios y fallecimientos por COVID-19 de cualquier profesional sanitario serán considerados contingencias profesionales como consecuencia de un accidente laboral (sin importar la fase en la que hayan contraído el virus).

 

¿Qué significa en materia laboral?

  • Se ampliará la cobertura de la Seguridad Social al personal sanitario que haya contraído el virus en cualquiera de las fases y durante el ejercicio de su profesión.
  • Las prestaciones se considerarán contingencias profesionales derivadas de un accidente de trabajo.
  • En caso de fallecimiento —si bien se ha producido durante los 5 años previos al contagio— se entenderá también como accidente de trabajo.

 

Para que sea efectivo, deberá emitirse el correspondiente parte de accidente de trabajo acreditado por los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral.

 

¿Cómo podemos ayudarte desde nuestra asesoría laboral en Madrid?

En MZG Asesores estamos a tu lado. Por eso, te ayudamos a gestionar y tramitar los partes por Incapacidad Temporal ante la Seguridad Social y Mutuas de accidentes de trabajo.

Contáctanos a través de nuestra web, llamando al 91 565 09 04 o por WhatsApp en el 673 395 095.

×
Stay Informed

When you subscribe to the blog, we will send you an e-mail when there are new updates on the site so you wouldn't miss them.

Novedades para los ERTE y autónomos a partir del 3...
¿Quién decide si se mantiene o no un ERTE?

Artículos relacionados

 

Comentarios

No hay comentarios por el momento. Se el primero en enviar un comentario.
¿Ya està registrado? Ingresa Aquí
Miércoles, 31 Mayo 2023

Somos Asesores de empresa

Despacho de asesoría fiscal, laboral y contable formada por abogados de empresa. Nos encontramos en Madrid.
e-Administración Pública
avalMadrid
Red-PAE
Administración Electrónica
Garantía Juvenil
Asociación española de consultores de empresa
Prime Advisory Network

CONTACTA

HORARIO

Madrid
De lunes a jueves de 8 a 17 h.
Viernes de 9 a 14 h.
Torrejón de Ardoz
De lunes a viernes de 8 a 15 h.

SÍGUENOS

UBÍCANOS